TÉRMINOS Y CONDICIONES
PRIMERO. OBJETO DEL CONTRATO
Por el presente contrato ENTEL otorga en este acto al CLIENTE una sublicencia temporal no exclusiva e intransferible para el uso del software en adelante e indistintamente denominado el "Software". Todas las soluciones y módulos del Software tienen por objeto la implementación y soporte de una plataforma para:
Este contrato no incluye asesorías ni intervención alguna de ENTEL en materias propias de gestión de documentos legales, por lo que el tratamiento de la información y datos, su protección, exactitud y veracidad es de total control, responsabilidad y determinación por parte del CLIENTE.
Por su parte, el CLIENTE se obliga a pagar oportunamente a ENTEL el precio pactado de acuerdo con los términos y condiciones estipulados en este Contrato y a cumplir las demás obligaciones en él establecidas.
SEGUNDO. SOPORTE
Se entregará un servicio de soporte para problemas de funcionamiento e incidencias que se puedan presentar dentro de la plataforma. Para solicitar asistencia o soporte el CLIENTE podrá contactarse al canal informado durante el proceso de provisión diferenciado de acuerdo al software o servicio contratado. En su defecto, además podrá contactarse al número 600 3600 106 o escribir su requerimiento al correo ventasdigitalmarket@entelempresas.cl.
TERCERO. GARANTÍA LIMITADA
ENTEL garantiza que el SOFTWARE funcionará sustancialmente de acuerdo con su descripción. Esta garantía no se aplica si el SOFTWARE falla debido a accidente, modificación, uso indebido o no autorizado o por caso fortuito, fuerza mayor o intervención de terceros.
El CLIENTE acuerda que, salvo lo establecido en la sección anterior, el SOFTWARE se suministra "TAL CUAL" sin garantía de ningún tipo. No se garantiza que el SOFTWARE esté continuamente disponible, libre de errores o que la información entregada sea completa o actualizada.
El SOFTWARE no está diseñado para entornos de alto riesgo que requieran funcionamiento sin fallas. ENTEL no es responsable del uso del SOFTWARE en “Actividades de Alto Riesgo”.
CUARTO. PRECIOS Y TÉRMINOS DE PAGO
Facturación: Toda factura emitida por ENTEL con motivo del presente Contrato será pagada por el CLIENTE dentro de treinta (30) días desde su fecha de emisión. La facturación se realizará por mes vencido. Se considera como inicio de facturación la fecha en que el Contrato es aprobado por ENTEL y comienza la implementación del software.
En caso de que la implementación sea ejecutada por un proveedor de Entel, las credenciales necesarias (Usuario y Contraseña) serán entregadas una vez finalizado el proceso de implementación.
Impuesto: Los precios no incluyen el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el que será siempre de cargo del CLIENTE.
Suspensión del uso del Software: Si el CLIENTE no paga en tiempo y forma, ENTEL podrá suspender el uso del SOFTWARE hasta que se regularice el pago.
Término: Si el CLIENTE no realiza el pago en un plazo de 90 días tras el vencimiento, ENTEL podrá poner término al Contrato, eliminando el contenido alojado. ENTEL no será responsable de dicha pérdida de información.
QUINTO. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El plazo de vigencia será de seis (6) meses, renovable automáticamente por períodos iguales, a menos que una de las partes comunique su intención de término con al menos diez (10) días de anticipación.
En caso de término anticipado por parte del CLIENTE, éste deberá pagar el valor correspondiente al período restante.
SEXTO. TERMINACIÓN ANTICIPADA
ENTEL podrá poner término anticipado al Contrato y suspender el SOFTWARE sin más trámite en los siguientes casos:
- No pago de dos o más facturas.
- Disposición de autoridad competente.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Mora o retardo en las obligaciones de pago.
- Uso indebido o no autorizado del SOFTWARE.
- Comercialización del SOFTWARE.
- Incumplimiento de obligaciones contractuales.
SÉPTIMO. OBLIGACIONES DEL CLIENTE
El CLIENTE deberá pagar oportunamente, hacer uso del software para sus actividades propias, custodiar sus contraseñas, mantener actualizados sus datos y cumplir los requisitos técnicos para el correcto funcionamiento del servicio.
El CLIENTE será responsable del contenido de la información incorporada en el software, debiendo ajustarse a la ley de protección de datos personales. ENTEL podrá poner término inmediato al Contrato en caso de incumplimiento.
OCTAVO. USO DE CONTRASEÑAS
El CLIENTE se obliga a mantener en secreto su contraseña y adoptar medidas de seguridad para su resguardo. ENTEL no será responsable de los efectos derivados del uso indebido o pérdida de contraseñas.
NOVENO. PROHIBICIONES
El CLIENTE no podrá:
- Realizar ingeniería inversa, descompilar o modificar el SOFTWARE.
- Vender o distribuirlo a terceros.
- Usarlo para fines no autorizados o en infracción a las leyes vigentes.
DÉCIMO. DATOS PERSONALES
ENTEL no tiene acceso a los datos del CLIENTE ni los administra. El CLIENTE es el único responsable de su tratamiento conforme a la ley. En casos excepcionales, el proveedor podría requerir acceso por razones técnicas, sin que ello genere responsabilidad para ENTEL.
DÉCIMO PRIMERO. CAMBIOS EN EL SOFTWARE
El CLIENTE declara conocer que el SOFTWARE puede ser objeto de modificaciones, actualizaciones o mejoras, las cuales serán informadas oportunamente.
DÉCIMO SEGUNDO. SUSPENSIONES
ENTEL podrá suspender el servicio por emergencias, fuerza mayor o riesgos para la seguridad, informando al CLIENTE y restableciendo el servicio tan pronto como sea posible.
DÉCIMO TERCERO. CONTRATACIÓN A DISTANCIA Y POLÍTICA DE DATOS
Las partes acuerdan la validez de la contratación electrónica. El CLIENTE autoriza el tratamiento de sus datos personales para la prestación del servicio y comunicaciones comerciales, conforme a la política de privacidad publicada en entel.cl/legales.
DÉCIMO CUARTO. TERRITORIALIDAD
El presente Contrato se ejecutará en Chile y se regirá por la ley chilena. Las partes fijan domicilio en Santiago.
DÉCIMO QUINTO. RESPONSABILIDAD
ENTEL sólo será responsable de daños directos derivados de incumplimiento comprobado. En ningún caso responderá por lucro cesante, daño moral o pérdida de datos. La responsabilidad total no excederá el 10% del valor neto mensual del Contrato.
DÉCIMO SEXTO. PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
El CLIENTE reconoce que el SOFTWARE es propiedad intelectual de ENTEL o de sus proveedores, y se encuentra protegido por la ley chilena. No se transfiere propiedad alguna por este contrato.
DÉCIMO SEXTO BIS. EQUIPOS DE MARCAJE Y ENTREGA
En caso de que el CLIENTE contrate adicionalmente equipos de marcaje asociados al sistema de control de asistencia (“Equipos”), el proceso de coordinación del envío será gestionado directamente entre el CLIENTE y el proveedor designado, durante la etapa de implementación del servicio. El despacho no tendrá costo para el CLIENTE, siempre que se encuentre dentro de la cobertura y disponibilidad territorial del operador logístico utilizado por el proveedor.
Los Equipos serán entregados preconfigurados y listos para su activación con la cuenta del CLIENTE. El proveedor realizará una guía de instalación remota con un especialista, a fin de orientar la correcta conexión y funcionamiento de los Equipos.
El CLIENTE deberá disponer de las condiciones técnicas mínimas necesarias para la instalación, tales como acceso a red eléctrica, conexión estable a internet y un espacio adecuado para el montaje del dispositivo.
DÉCIMO SEXTO TER. GARANTÍA, RESPONSABILIDAD Y CONDICIONES DE USO DE EQUIPOS
ENTEL garantiza que los Equipos se entregan en correcto estado y libres de defectos de fabricación, conforme a la garantía del fabricante. Desde su recepción, el CLIENTE asume la responsabilidad por el uso, resguardo y conservación de los Equipos, incluyendo cualquier daño, pérdida, extravío o manipulación indebida no atribuible al transporte ni al proveedor.
ENTEL no será responsable por daños derivados de instalaciones incorrectas, uso distinto al indicado en la guía técnica, modificaciones no autorizadas, condiciones ambientales inadecuadas o deficiencias en la red eléctrica o de datos. Cualquier requerimiento de soporte, diagnóstico o sustitución deberá ser gestionado por el CLIENTE a través del canal de asistencia técnica definido por ENTEL.
EXCLUSIONES:
- Fallas o daños ocasionados por mal uso, negligencia o manipulación indebida por parte del CLIENTE o de terceros no autorizados.
- Pérdida, hurto o robo de equipos, materiales o accesorios en dependencias del CLIENTE.
- Fallas en equipos o accesorios de propiedad del CLIENTE que formen parte del servicio final pero no estén incluidos en este contrato.
- Daños o fallas derivados de causas externas tales como cortes de energía, desconexiones, movimientos no autorizados, condiciones climáticas, vandalismo u otras causas de fuerza mayor.
- Fallas atribuibles a la falta de condiciones técnicas, eléctricas o ambientales adecuadas en el lugar de instalación.
- Traslados, reinstalaciones o manipulaciones de equipos realizadas por iniciativa del CLIENTE sin coordinación previa con ENTEL.
- Fallas de software, programas computacionales o firmware no asociados directamente al servicio provisto por ENTEL.
DÉCIMO SÉPTIMO. RECOMENDACIONES DE USO DEL PRODUCTO
ENTEL recomienda al CLIENTE el uso de contraseñas seguras, actualizaciones periódicas y herramientas licenciadas de seguridad informática.
DÉCIMO OCTAVO. CONFIDENCIALIDAD
El CLIENTE se obliga a mantener la confidencialidad de toda información proporcionada por ENTEL durante la vigencia del presente Contrato. Esta obligación se mantiene incluso después de su término.
DÉCIMO NOVENO. CÓDIGO DE ÉTICA Y LEY N° 20.393
El CLIENTE declara conocer y aceptar el Código de Ética de ENTEL y la Ley N° 20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, comprometiéndose a actuar conforme a dichos estándares.
VIGÉSIMO. LIBRE COMPETENCIA Y PLAN DE CUMPLIMIENTO AL CONSUMIDOR
El CLIENTE declara conocer las políticas de Libre Competencia y de Protección al Consumidor de ENTEL, disponibles en https://informacioncorporativa.entel.cl/gobierno-corporativo.
VIGÉSIMO PRIMERO. CESIONES
El CLIENTE no podrá ceder ni transferir derechos u obligaciones derivados del presente Contrato sin autorización escrita de ENTEL. ENTEL podrá cederlo a sus filiales o empresas relacionadas.
VIGÉSIMO SEGUNDO. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Toda controversia derivada del presente Contrato será sometida a los Tribunales Ordinarios de Justicia con asiento en la ciudad de Santiago.
VIGÉSIMO TERCERO. COPIAS
El presente Contrato se firma en dos ejemplares de idéntico tenor y fecha, quedando una copia en poder de cada parte.